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Nueva NOM-001-SCFI-2018

Nueva NOM-001-SCFI-2018

In Noticias On mayo 5, 2020

Estimados Clientes, este 4 de mayo de 2020, entro en vigor la nueva NOM-001-SCFI-2018, misma que cancela a la NOM NOM-001-SCFI-1993.

A continuación se destacan los cambios mas sobresalientes:

Objetivo y campo de aplicación

La presente NOM amplía su campo de aplicación, ya que elimina el término “de uso doméstico” mismo al que la NOM-001-SCFI-1993 hacia mención.  
Las mercancías listadas en el campo de aplicación de esta son de carácter  enunciativa mas no limitativa por lo que pueden estar incluidos nuevos productos electrónicos fruto de nuevas tecnologías de la electrónica.
Esta NOM aplica también a fuentes de alimentación externa, que se utilizan en conjunto con los equipos electrónicos contemplados en la presente  las cuales se comercialicen, distribuyan o suministren, ya sea de forma individual o como parte de un producto de uso final en un mismo embalaje, y a fuentes de alimentación externa que se comercializan de forma individual para equipos de tecnologías de la información contemplados en el campo de aplicación de la NOM-019-SCFI-1998 o la que la sustituya, en ambos casos para uso en alimentaciones de corriente continua hasta 250 V y en alimentaciones de corriente alterna hasta 480 V a 60 Hz.

Exclusiones.
Esta NOM no se aplica a:

  • Los sistemas de alimentación que no son parte integral del equipo, tales como motogeneradores;
  • El cableado de la instalación eléctrica de los edificios;
  • Los dispositivos que no requieren alimentación eléctrica;
  • Equipos destinados a funcionar en ambientes especiales (por ejemplo: temperaturas extremas, exceso de polvo, humedad o vibración, gases inflamables y atmósferas corrosivas o explosivas);
  • Equipos destinados a utilizarse o instalarse a bordo de barcos o aviones;
  • Los equipos en el alcance de la NOM-019-SCFI-1998 y de la NOM-016-SCFI-1993, o las que las sustituyan;
  • A las fuentes de alimentación externas para exteriores, fuentes de alimentación para luminarios y las que rebasen los límites establecidos en el objetivo y campo de aplicación;
  • Fuentes de poder o alimentación internas;
  • Fuentes de alimentación externas mayores a 250 W.
  • Pruebas de componentes y subconjuntos utilizados en el diseño y fabricación de los equipos electrónicos, y sus equipos asociados.
  • Sistemas electrónicos de energía ininterrumpida (UPS) de 10000 VA y mayores.
  • Están excluidos del alcance de esta Norma Oficial Mexicana todos aquellos equipos electrónicos que tengan que cumplir con una Norma Oficial Mexicana específica.

Los certificados de conformidad vigentes que hayan sido emitidos respecto de la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SCFI-1993, con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la presente Norma definitiva, continuarán vigentes hasta que concluya el periodo marcado en los mismos y dichos productos podrán comercializarse hasta agotar el inventario al amparo del certificado (Cuarto).