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Se modifica decreto IMMEX y TIGIE

Se modifica decreto IMMEX y TIGIE

In Noticias On enero 6, 2016

El dia 6 de enero de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación lo siguiente:

• DECRETO por el que se modifica el diverso para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación.

• DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

En esta publicación es importante señalar que se crean, modifican y suprimen diversas fracciones arancelarias, especialmente en el capítulo 64.

• Resolución preliminar de la investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por la fracción arancelaria 0808.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

En esta Resolución se continúa el procedimiento de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios y se imponen cuotas compensatorias provisionales a las importaciones de manzanas originarias de los Estados Unidos que ingresen por la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE, o por cualquier otra, independientemente del país de procedencia, en los siguientes términos:

a. para las siguientes empresas productoras-exportadoras seleccionadas: i) Broetje, 17.22%; ii) Chiawana, 8.27%; iii) Custom Apple, 5.55%; iv) Evans, 2.44%; v) Gilbert, 7.39%; vi) Northern, 9.45%; vii) Stemilt, 10.14%, y viii) Zirkle, 20.82%;

b. para las demás empresas exportadoras que comparecieron y no fueron seleccionadas: 7.55%, y

c. para las demás empresas exportadoras no comparecientes: 20.82%.

Las importaciones de manzanas originarias de los Estados Unidos provenientes de las empresas productoras-exportadoras CPC, Monson y Washington Fruit no están sujetas al pago de la cuota compensatoria provisional, indicada anteriormente.

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

• Resolución que modifica a los Anexos 3 y 4 de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

La Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación ha sido actualizada a efecto de establecer una mejor clasificación de las mercancías, se estima conveniente actualizar los anexos 3 y 4 relativos a los precios estimados que son aplicables a determinadas mercancías de los sectores calzado, textil y confección, conforme a las fracciones arancelarias en las que se clasifican.